Una Empresa de Trabajo Temporal, según lo dispuesto en la Ley 14/1994, de 1 de junio, es aquella que capta, selecciona y contrata a un empleado para ponerlo a disposición de otra empresa, con carácter temporal.
 
Para establecer la cesión del trabajador a disposición de la empresa usuaria, esta deberá firmar un contrato de puesta a disposición con la empresa de trabajo temporal.
 
Aunque lo más común es que realicen contratos por obra y servicio o eventuales, una ETT puede realizar contratos de todo tipo según lo dispuesto por el Estatuto de los Trabajadores.