Despido improcedente

Un despido es improcedente cuando se produce sin motivos justificados por la ley. Se encuentra regulado en el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores. Según este artículo, la indemnización por despido improcedente equivale a treinta y tres días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año, hasta un máximo de veinticuatro mensualidades.
 
Causas del despido improcedente:
 
· Cuando el empresario haya incumplido los requisitos legales. Por ejemplo, que no se entregue el despido por escrito con las causas y la fecha o que no se lleve a cabo un período de consultas previo al despido colectivo o ERE de extinción.
 
· Que no se acredite la causa alegada, no pudiendo corroborar que esa causa sea real.